
Recientemente ha sido promulgada la LEY 2/2021, de 7 mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla La Mancha. Castilla La Mancha no es una excepción en el mapa de España en cuanto a despoblación se refiere. Esta comunidad autónoma está afectada por el problema despoblacional en más del 90% de su territorio, con una densidad regional que no llega a los 30 habitantes por kilometro cuadrado, donde más de la mitad de sus 919 municipios tienen menos de 500 habitantes, que además arrastran riesgos demográficos, y solo nueve de ellos superan los 30.000 habitantes. Si hacemos una comparación con otros países del entorno europeo, el resultado causa consternación: en Francia solo el 7% de los municipios está en riesgo, en Italia el 4% y en Alemania el 1%.
Castilla La Mancha tiene zonas con niveles de despoblación muy por encima de la media nacional y europea, eminentemente en áreas rurales, y esa realidad requiere que la comunidad autónoma como tal se dote de los instrumentos normativos necesarios para regular y potenciar las actuaciones pertinentes que puedan revertir los efectos negativos de los cambios demográficos. De ahí la importancia de la elaboración de la presente ley, dictada al amparo de títulos competenciales autonómicos, con los que se pretende establecer una estrategia de desarrollo rural frente al despoblamiento, contemplando para ello planificaciones con efectos a medio y largo plazo, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la población e incluso la repoblación en las zonas deprimidas.
Dicha ley, de fecha 06/05/2021, ha visto la luz en la cámara autonómica, donde ha sido aprobada por unanimidad, y se ha promulgado en el Boletín Oficial el 12/05/2021. Es una ley pionera en nuestro país en muchos aspectos. Su objetivo principal es la lucha contra la despoblación, en su apuesta por lograr la igualdad y la cohesión de todos los territorios bajo criterios semejantes e igualitarios. Esta ley reúne 118 medidas, desplegadas en 75 artículos y siete títulos, con las que el ejecutivo autonómico traza las líneas de actuación para impulsar actuaciones en los muchos municipios en riesgo de extinción donde la despoblación condiciona su desarrollo integral. Esta disposición intenta, en definitiva, propiciar un nivel de desarrollo económico y social con un enfoque global que articule una cohesión territorial que permita a cualquier ciudadano elegir libremente el lugar de residencia, sin estar condicionado por la prestación de los servicios públicos. Propugna la igualdad de oportunidades en las distintas zonas geográficas de la región, porque en todas ellas debería haber, según el espíritu de la ley, un nivel parecido; otra cosa muy distinta es que lo consiga porque las soluciones mágicas no existen y el papel lo aguanta todo. No se puede hablar de despoblación y simultáneamente quitar servicios básicos como muy reciente ocurrió en nuestra región, al intentar suprimir el servicio nocturno de ciertos ambulatorios, precisamente en aquellos lugares que por su dispersión y envejecimiento poblacional más lo necesitan.
La ley incorpora actuaciones y reformas normativas para aplicar la perspectiva demográfica a la toma de decisiones en todos los niveles de la administración autonómica. No se puede olvidar que las desigualdades sociales y territoriales constituyen serias limitaciones para un desarrollo económico armónico y para el bienestar colectivo, que afectan de lleno a las políticas públicas que se diseñan tanto a nivel autonómico como a nivel nacional. Son precisamente las diferencias de renta, las diferencias de prestación de servicios y de oportunidades de empleo entre los distintos territorios los factores coadyuvantes y responsables de los cambios demográficos, circunstancia que ha sido una constante en la historia reciente de nuestro país.
Dicha ley incluye una zonificación por tipos de áreas rurales en función de los niveles de densidad de población equivalentes a los que establece la Unión Europea. Se establecen cuatro tipologías de zonas rurales: zonas escasamente pobladas, zonas en riesgo de despoblación, zonas rurales intermedias y zonas rurales periurbanas. Las zonas escasamente pobladas son aquellas agrupaciones de municipios o núcleos de población integradas mayoritariamente por municipios de pequeño tamaño, con una densidad conjunta de población de menos de 12,5 habitantes por km2, altas tasas de envejecimiento y pérdidas intensas de población, con un importante aislamiento geográfico con respecto a municipios de más de 30.000 habitantes, un alto porcentaje de suelo forestal, y una elevada significación de la actividad agraria. Dentro de este grupo se hace especial mención a aquellas agrupaciones de municipios con densidad de población menor a 8 habitantes por km2. Se consideran zonas en riesgo de despoblación a aquellas con densidades comprendidas entre 20 habitantes por km2 y 12,5 habitantes por km2. Las zonas rurales intermedias son aquellas con una densidad de población entre 20 y 50 habitantes por km2 y las zonas rurales periurbanas son aquellas que superan la cuantía de 50 habitantes por km2 con una tendencia creciente de población.
El desarrollo de esta ley contempla la elaboración de una Estrategia Regional frente a la despoblación (ERD) con una vigencia mínima de diez años, que se revisará cada cuatro años, y una Estrategia Regional de Desarrollo Rural (ERDR) con una vigencia mínima de cinco años. Ambas estrategias se llevarán a cabo a través de la Administración Regional y, en su caso, por las Administraciones competentes, siendo objetivo prioritario las zonas en riesgo de despoblación y las escasamente pobladas, con colaboración Público-Privada. Ambas estrategias se instrumentarán mediante medidas fiscales, educativas, sanitarias, económicas y sociales que la propia ley recoge y define explícitamente.
En el texto aprobado, aparece la política fiscal por primera vez como arma para luchar contra la despoblación en el ámbito de sus competencias. Esta ley permite la deducción del 25% de la cuota autonómica del IRPF y la desgravación de un 10% para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en las zonas diseñadas al respecto. También hay una reducción del 50% en el ITPAJD para adquisición de vivienda habitual de segunda mano o locales afectos a actividades empresariales, profesionales o artísticas. La propia ley establece ayudas económicas hasta de un 40% para implantación de empresas, bien en forma de autónomos o en formas societarias. Lo que se pretende en definitiva es que aquellas personas que vivan en la zonas escasamente pobladas, con rentas medias y bajas apenas paguen impuestos, lo cual no deja de ser un acicate, pero no es la panacea porque una persona no decide vivir en un sitio o en otro por consideraciones estrictamente fiscales.
En el ámbito de la educación, la ley permite abrir colegios rurales con cuatro alumnos y recoge financiación para la educación superior a aquellos jóvenes que decidan estudiar fuera de la región si su familia permanece en el medio rural, estableciendo también para su regreso incentivos si establece el ejercicio de la profesión en las zonas escasamente pobladas. La educación, como elemento vertebrador de la sociedad o por la propia fuerza social como foco cultural de una localidad, puede ser un elemento que contribuya al asentamiento de la población en el territorio, pero no por sí sola, porque si no hay empleo ligado a la zona o no hay condiciones dignas de establecimiento es imposible que la gente quiera fijar su residencia. De ahí la importancia de que los programas de formación profesional en los centros educativos estén en consonancia con las oportunidades laborales y con el tejido productivo de la región. No tiene mucho sentido que se oferten ciertas especialidades que luego no son demandadas en el mundo laboral.
En el ámbito sanitario se contempla la potenciación de los centros de Atención Primaria, asegurando los servicios sanitarios básicos de proximidad en cada zona rural, de tal forma que el acceso a las urgencias esté en menos de 30 minutos. Se incluirán programas específicos para garantizar una correcta atención sanitaria a domicilio y se dispondrá de teleasistencia avanzada para los mayores de 70 años. Habrá residencias para la tercera edad a menos de 40 km alrededor de cualquier domicilio y se establecerá un programa especial para las personas con discapacidad. La Administración regional promoverá una oferta farmacéutica específicamente diseñada para responder a las necesidades de la población donde no exista oficina de farmacia.
Aparte de las medidas ya expuestas, la propia ley describe una batería muy específica de instrumentos con los que se pretende generar las mejores condiciones posibles para la vida de los que ya están ahora asentados en las zonas despobladas, a la vez que se van creando las condiciones ideales para la vida del futuro. De lo que se trata es que en las zonas escasamente pobladas o en las que están en riesgo de despoblación haya suficientes recursos económicos, sociales, educativos y sanitarios para que la gente no se vea obligada a emigrar y sienta el suficiente arraigo en un territorio que conforme su vida de forma placentera. En una coyuntura en que los pueblos buscan asentar población, los servicios que pueda ofrecer una zona en concreto pueden ser vitales a la hora de atraer a nuevos pobladores y, sobre todo, a no perder los que ya tiene.
Si se cierra el centro de salud, la escuela, el bar, la tienda, falla la conectividad, y no se dan facilidades y alicientes para que la gente joven pueda emprender en las zonas rurales, algo que sucede con frecuencia en muchas de estas comarcas aquejadas por la despoblación, entonces estamos ante la situación lógica en que la gente se marcha porque no le queda más remedio. La lucha contra la despoblación pasa por la implantación de un modelo industrial competitivo y sostenible en todo el territorio nacional, llegando hasta el último rincón de la España vacía, que genere puestos de trabajo de amplio valor añadido, al compás de la revolución tecnológica que se está produciendo actualmente en el mundo.
Los objetivos que persigue la ley se consiguen con una adecuada dotación financiera, no solo con buenas intenciones. En este capítulo, los Fondos Europeos entran en juego, complementados con los fondos nacionales y los fondos propiamente regionales. Además de los presupuestos derivados de la ley autonómica, se sumarán las políticas del gobierno central impulsadas a través del Plan de Recuperación y Resiliencia con 130 medidas que supondrán una inversión de 10.000 millones de euros para el medio rural.
Recientemente los gobiernos autonómicos de Castilla y León, Aragón y Castilla la Mancha han elevado al gobierno central una solicitud para que la Comisión Europea conceda el Estatuto de Zonas Poco Pobladas tanto a Cuenca, como a Soria y a Teruel. Su concesión implica ayudas fiscales y económicas similares a las que reciben ciertas regiones de los países nórdicos, y ello supondrá un atractivo añadido para que las empresas se quieran instalar en estos territorios.
Estas estrategias de lucha contra la despoblación no pueden seguir ignorando la intensidad y orientación de este proceso de verdadera sangría demográfica, un problema con razones históricas, probablemente en muchos sitios de carácter irreversible; se trata de un problema de ordenación del territorio donde no se puede obviar el verdadero valor y papel que desempeña el medio rural en nuestra sociedad. Hay que intentar por todos los medios posibles retener a la población rural en aquellos núcleos que sean susceptibles de permanecer, haciendo habitables los pueblos con posibilidades reales de futuro, creando riqueza en los mismos, sin abandonar a su suerte a aquellos núcleos que sean menos sostenibles. Con los medios tecnológicos actuales y con los medios de transporte disponibles, es factible que no se abandone la actividad económica en las zonas muy escasamente pobladas, pudiendo relocalizarse la población en los núcleos de mayor tamaño y más próximos. Estas consideraciones nos pueden conducir a una nueva controversia, y es en qué medida la planta actual de más de 8.000 municipios en nuestro país es adecuada, y en qué medida determinados ajustes contribuirían a su mejora y a una mayor eficacia en la asignación de los recursos que por definición son escasos y susceptibles de usos alternativos.
JOSÉ RAMIRO GARCÍA.
Carlos
1 Jun 2021Muy buen artículo, pero creo que nosotros no veremos cambios positivos sustanciales. La sangría continuará, es difícil revertirla, pero ojalá lo fuese.
Fran Yuste
1 Jun 2021Excelente articulo, tenemos que tomar conciencia del grave problema que supone la despoblación y, en la medida de lo posible, participar en la lucha contra ella.